Contra la situación actual de crisis y la realidad del SECTOR DEL TRANSPORTE DE MERCANCÍAS se proponen analizar las siguientes medidas:
Desde el punto de vista del desarrollo del sector:
1.- Establecimiento de un precio mínimo de referencia que evite el servicio por debajo de los costes.
2.- Modificación de la Orden Ministerial del Régimen Jurídico de Autorizaciones:
2.1.- Permitir la libre transmisibilidad de autorizaciones de transporte, especialmente en aquellos casos en que la persona jurídica pretenda transmitir la autorización a uno de sus socios.
2.2.- Permitir la suspensión de las autorizaciones de transporte, así como cualquiera de sus copias certificadas.
3.- Regulación y limitación de la subcontratación en el sector.
4.- Establecimiento de la prohibición de los conductores de la realización de las labores de carga y descarga, con las siguientes excepciones: transporte de mudanza; transporte de vehículos cisterna; transporte de vehículos efectuado en vehículos provistos de grúa u otros dispositivos inherentes al vehículo, destinados a realizar las operaciones de carga y descarga, siempre y cuando la intervención del conductor se ciña única y exclusivamente a la utilización de dichos dispositivos; transporte en portavehículos; transporte de animales vivos; transporte en régimen de carga fraccionada.
5.- Eliminación del régimen de concurrencia competitiva de las ayudas a transportistas autónomos que abandonen la actividad, debiendo ser concedidas las mismas a todo aquel solicitante que reúna los requisitos exigidos, para lo cual será preciso ampliar la dotación presupuestaria.
6.- Carácter obligatorio del plazo de pago de los portes a 30 días.
Con respecto a la carga fiscal:
1.- Reducción en un 25% de los índices y módulos en los epígrafes 722, 757 y 849.5 para los ejercicios 2009 y 2010 en el sistema de estimación objetiva del IRPF y régimen simplificado del IVA.
2.- Eliminación del céntimo sanitario y posibilidad de aplicar el gasóleo profesional a vehículos con MMA inferíos a 7,5 Tn.
3.- Posibilidad de cambio del régimen de estimación objetiva al de estimación directa y viceversa con carácter anual, eliminando el plazo de tres años de permanencia mínima actual en caso de renuncia.
4.- Reducción del tipo del 20% al 10% de la declaración trimestral de pagos fraccionados para los ejercicios 2009 y 2010.
5.- Incremento del porcentaje de gastos de difícil justificación en el método de estimación objetiva del IRPF del 5% al 10% para los ejercicios 2009 y 2010.
6.- Ampliación de la bonificación del IAE prevista para el 2008 para las empresas del sector de transporte por carretera para los ejercicios 2009 y 2010.
Con respecto a las relaciones laborales:
1.- Ampliación del diferimiento de pago sin intereses en las cotizaciones a la seguridad social de las empresas y autónomos del sector del transporte hasta el mes de mayo de 2010, debiendo hacerse frente a las mismas en un plazo máximo de los 36 meses siguientes.
2.- Bonificación de las cuotas empresariales de la Seguridad Social de 75 €/mes por cada trabajador (900 €/año) durante dos años para las empresas de transporte que no den de baja a ningún trabajador durante la vigencia de esta medida, la cual será extensible a los nuevos trabajadores que se den de alta en la empresa.
¿Qué acción propones?